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Pérdidas de explotación y responsabilidad de los administradores Imprimir Correo electrónico
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Su empresa ha cerrado el ejercicio 2008 con malos resultados, y las pérdidas de explotación le obligan a ampliar capital para evitar responsabilidades como administrador.

La compañía durante el pasado año 2008 incurrió en considerables pérdidas, por lo que se puede encontrar en causa de disolución. Esto es así porque una sociedad deberá disolverse si las pérdidas han dejado el patrimonio por debajo de la mitad del capital social, a no ser que se aumente o se reduzca el capital en forma suficiente.

Si no se arregla esta situación, el administrador pasaría a responder personalmente de las deudas sociales que se puedan generar a partir del año 2009. Una forma de arreglar esta situación es mediante una ampliación de capital, pero si los socios no disponen de fondos o quieren aportar la menor cantidad posible de dinero, veamos que alternativa podemos utilizar.

 

Si el patrimonio neto es positivo deberemos:

1-    Compensar las pérdidas del ejercicio con las reservas de años anteriores. Es preciso acuerdo en Junta de Accionistas.

2-    Reducir capital en la parte de pérdidas que no hayan sido compensadas por las reservas. El capital se reduce, pero desaparecen las pérdidas del balance, por lo que ya no procede la causa de disolución.

Si el patrimonio neto es negativo deberemos:

1 - Compensar las pérdidas del ejercicio con las reservas de años anteriores. Es preciso acuerdo de Junta de Accionistas.

2 - Después deberemos ampliar capital en la cantidad suficiente para poder compensar las pérdidas no cubiertas con las reservas y algo mas, pues aplicaremos una reducción de capital por el importe de pérdidas pendientes de compensar, quedando una pequeña diferencia positiva como importe del nuevo capital social. Las pérdidas han desaparecido, por lo que no existe causa de disolución ni los administradores incurren en responsabilidades.

 

Conclusión: si una empresa tiene perdidas y el patrimonio neto no supera el límite del 50% del capital social, se puede solucionar con una reducción de capital sin necesidad de aportar dinero (o aportando poco).