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Cálculo de Retenciones del IRPF 2010

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Protección por cese de actividad para los trabajadores autónomos Imprimir Correo electrónico
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ULTIMAS NOTICIAS EN RELACION A LA PROTECCION POR CESE DE ACTIVIDAD PARA LOS TRABAJADORES AUTONOMOS.

Octubre 2009.-Tras las reuniones mantenidas con los interlocutores sociales y las asociaciones de autónomos, el Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, elevará al Consejo de Ministros, el próximo 13 de noviembre, la propuesta de sistema específico de protección por desempleo por cese de actividad de los trabajadores autónomos, para su aprobación como Anteproyecto de Ley.

 

El Anteproyecto de Ley recogerá un sistema específico de protección, de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio, para los trabajadores autónomos que cesen en su actividad de manera involuntaria, basado en tres principios básicos: contributivo, solidario y sostenible financieramente.

Mediante este sistema, tendrán derecho a la protección por cese de actividad los autónomos que tengan protegida la cobertura por accidente de trabajo y enfermedades profesionales, incluidos los trabajadores por cuenta del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios y del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, y los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes.

La duración de la protección estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese.